SERVICIOS SOLIDARIOS
AUXILIO POR INCAPACIDAD MEDICA
Únicamente el asociado titular. Por concepto de Incapacidad médica superior a veinte (20) días continuos certificados por la EPS a la cual se encuentre afiliado el asociado. Este auxilio se podrá solicitar por una sola vez en el año.
Únicamente el asociado titular. Por concepto de Incapacidad médica superior a veinte (20) días continuos certificados por la EPS a la cual se encuentre afiliado el asociado. Este auxilio se podrá solicitar por una sola vez en el año.
El asociado titular tendrá derecho a un auxilio correspondiente al 20% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente en el país si la incapacidad del asociado es superior a Veinticinco (20) días consecutivos.
(CO) 320 437 2505
(CO) 310 335 2582
(CO) 310 334 1524