SERVICIOS SOLIDARIOS

SERVICIOS SOLIDARIOS

AUXILIO POR INCAPACIDAD MEDICA

Únicamente el asociado titular. Por concepto de Incapacidad médica superior a veinte (20) días continuos certificados por la EPS a la cual se encuentre afiliado el asociado. Este auxilio se podrá solicitar por una sola vez en el año.


Únicamente el asociado titular. Por concepto de Incapacidad médica superior a veinte (20) días continuos certificados por la EPS a la cual se encuentre afiliado el asociado. Este auxilio se podrá solicitar por una sola vez en el año.

El asociado titular tendrá derecho a un auxilio correspondiente al 20% de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente en el país si la incapacidad del asociado es superior a Veinticinco (20) días consecutivos.

REQUISITOS