SERVICIOS SOLIDARIOS

SERVICIOS SOLIDARIOS

AUXILIOS SOLIDARIOS

Cancelando mensualmente el valor correspondiente y una vez haya cumplido 90 días de estar cotizando el asociado será beneficiario de los siguientes auxilios solidarios


Auxilio por intervención quirúrgica: Este auxilio cubre únicamente los padres y/o conyugue por gastos que no sean cubiertos por las eps y/o medicina prepagada y por concepto de  intervenciones quirúrgicas ambulatorias, realizados en centros hospitalarios legalmente autorizados por el ministerio de salud. 

Auxilio por suministro de lentes y monturas: Los beneficiarios son únicamente el asociado titular y se suministra los lentes y las monturas.

Auxilio por compra de medicamentos: Auxilio de medicamentos  que se deriven de las consultas medicas generales otorgadas a los hijos de los asociados menores de 12 años de edad.

Auxilio por incapacidad médica: Únicamente el asociado titular. Por concepto de Incapacidad médica del asociado superior a cuarenta (40) días certificados por la EPS a la cual se encuentre afiliado el asociado.

Auxilio por licencia de maternidad: Este auxilio se otorga a la asociada que presente  certificación expedida por la EPS o Centros Hospitalarios debidamente autorizados en el cual conste su maternidad.

Auxilio de odontología especial: Este auxilio se otorga al asociado para gastos correspondientes a tratamientos especiales de odontología

Auxilio por enfermedad de alto costo: Este auxilio se otorga al asociado por causa de  enfermedades catalogadas como de alto costo en el sistema de salud 

Auxilio de perseverancia por antigüedad: Este auxilio se otorga al asociado por la continuidad y permanencia  como afiliado a la Cooperativa según la siguiente escala:

  • 5 años consecutivos
  • 10 años consecutivos
  • 15 años consecutivos
  • 20 años consecutivos o más.

Auxilio mutualista: Este auxilio se otorga al cónyuge y/o a los herederos del asociado fallecido

Auxilio de calamidad domestica: Este auxilio se otorga al asociado que presente pérdida de bienes por hurto, incendio de la residencia o negocio.

Auxilios educativos: Este auxilio se otorgará a asociado, conyugue del asociado e  hijos del asociado

  • Auxilio Educativo básica primaria, básica secundaria y media vocacional: Este auxilio se otorga a los beneficiarios quienes presenten por lo menos un 50% de notas en excelencia en su boletín acumulativo final
  •  Auxilio Educativo Pregrado - Posgrado: Este auxilio se otorga a los beneficiarios quienes presenten certificado de excelencia educativa con un promedio de notas  de 4. 

Auxilio al nuevo pensionado: Este auxilio se otorga al asociado que se retire definitivamente del magisterio, siempre y cuando no haya recibido su primera mesada pensional.